¿LLEGÓ LA JUSTICIA DIGITAL A SU FIN? JUICIOS DE MATERIA PENAL YA NO SERÁN VIRTUALES
La Corte Constitucional emitió un comunicado sobre las reglas para el tratamiento de la justicia virtual. Aclaró que si una audiencia será presencial o virtual dependerá de cada juez. Sin embargo, estableció una excepción: la diligencia de juicio oral en materia penal deberá ser presencial, salvo en casos de fuerza mayor.
Esta decisión se tomó luego de que la Sala Penal estudiara uno de los artículos de la reforma a la justicia del gobierno de Duque, aprobada por el Congreso el año pasado. Desde entonces, la justicia virtual ha cobrado fuerza, dejando atrás su uso principal durante el confinamiento por COVID-19. Los penalistas, no conformes con esta decisión, consideran que significa el fin de la justicia digital.
Con ponencia de la magistrada Natalia Ángel, el alto tribunal explicó que las audiencias de juicio oral o preparatorias son claves, ya que es el momento en el que el juez conoce las pruebas del caso, así como los testimonios. Por ello, debe existir un contacto “directo” entre esos documentos y el togado, para cumplir con el principio jurídico de inmediación de la prueba.
Audiencias de juicio oral en procesos penales serán presenciales
La Corte también modificó el artículo 63 del proyecto que hablaba de la virtualidad en la justicia. El fallo establece que las audiencias de juicio oral en los procesos penales deben ser presenciales, aclarando que los jueces de otras especialidades, en el ejercicio de su autonomía, pueden decidir si se celebran de manera presencial o virtual.
«La Corte considera, como única excepción, la audiencia de juicio oral contemplada en la especialidad penal de la jurisdicción ordinaria, que deberá ser presencial, a menos que por motivos de fuerza mayor, debidamente acreditados ante el juez, se concluya que la persona —sea parte, interviniente o testigo— puede comparecer a la audiencia de manera virtual sin que esto afecte el adecuado desarrollo del juicio oral, lo cual deberá ser valorado por el juez de conocimiento», señala la decisión.
La decisión también afirma que es importante tratar los testimonios de manera presencial, para analizar el comportamiento de los testigos.
Esta determinación puntual ha sido cuestionada por el Colegio Colombiano de Abogados Penalistas, presidido por Francisco Bernate, que espera que el gobierno objete dicha disposición. «No es de aplicación inmediata, falta la sanción presidencial de la ley (…) Confiemos en el Gobierno Nacional», expresó Bernate en su cuenta de X.
Fuentes: El espectador y el Tiempo.